Las leyes Crea y Crece y Antifraude son normativas tributarias diseñadas para impulsar la digitalización en las transacciones entre empresas y combatir el fraude fiscal. Aunque su objetivo es agilizar procesos y reducir la burocracia, han generado incertidumbre y dudas en muchas compañías. Durante un seminario web organizado por la consultora Minsait, Bartolomé Borrego Zabala, vocal adscrito a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), explicó que las empresas ya pueden comenzar a enviar documentación a la entidad y planificar la adopción de las soluciones tecnológicas necesarias para cumplir con la normativa antes de 2026 y evitar posibles sanciones.
Impulsada por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, la Ley Crea y Crece busca facilitar la creación de nuevas empresas y modernizar el intercambio documental entre compañías. La normativa establece la obligatoriedad de la factura electrónica mediante un software autorizado por la AEAT para aquellas empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros. Su aplicación se limita a operaciones B2B (entre empresas), sin afectar las transacciones con consumidores finales. Tanto empresas como autónomos deberán utilizar un software certificado por la AEAT.
Esta legislación, promovida por el Ministerio de Hacienda, pretende reducir el uso de efectivo en operaciones comerciales y reforzar el control sobre la facturación para prevenir fraudes fiscales. Para su cumplimiento, los autónomos deberán emplear un programa de facturación compatible con la plataforma en línea Verifactu, desarrollada por la AEAT, que garantiza la inalterabilidad de los datos y la trazabilidad de las facturas. Las empresas podrán optar por enviar automáticamente los datos a la Agencia Tributaria o conservar los registros de forma interna, pero siempre deberán estar preparadas para entregarlos cuando se les solicite. Aunque esta normativa excluye a los territorios forales (País Vasco y Navarra), afecta a todas las empresas, incluso a aquellas con ingresos anuales inferiores a 6 millones de euros.
A pesar de que la Ley Crea y Crece fue aprobada en septiembre de 2022, su aplicación aún no ha comenzado, ya que está pendiente la publicación del reglamento, que podría ver la luz a finales de 2025. A partir de su entrada en vigor, las empresas con ingresos superiores a 8 millones de euros tendrán un año para adaptarse a la facturación electrónica, mientras que el resto de compañías dispondrán de dos años adicionales. La normativa también exigirá que se informe sobre el estado de las facturas (aceptación, rechazo o pago) en un plazo máximo de cuatro días.
En cuanto a la Ley Antifraude, aprobada en julio de 2021, el proceso de adaptación ya está en marcha. Actualmente, las empresas pueden optar por enviar los datos a la AEAT o gestionarlos internamente. No obstante, a partir del 1 de enero de 2026, las sociedades estarán obligadas a cumplir con la normativa, mientras que el resto de empresas deberán hacerlo antes del 1 de julio del mismo año. Según Borrego, los plazos podrían variar en función del tamaño de la empresa.
En relación con la Ley Crea y Crece, la incertidumbre sobre la publicación del reglamento podría provocar retrasos en su implementación, aunque no se prevén prórrogas en los plazos de cumplimiento. Las empresas deberán adaptarse a la factura electrónica en cuanto la normativa sea aprobada de manera oficial.
Respecto a la Ley Antifraude, tampoco se contemplan ampliaciones de los plazos establecidos, aunque sí es posible que se produzcan demoras en la publicación de los reglamentos. Por ello, se recomienda a las empresas que comiencen cuanto antes la actualización de sus sistemas de facturación para garantizar el cumplimiento dentro de los plazos previstos.
Las sanciones por incumplimiento de estas normativas pueden ser significativas. En el caso de la Ley Crea y Crece, las multas pueden alcanzar los 10.000 euros, mientras que la Ley Antifraude contempla sanciones de hasta 50.000 euros por cada ejercicio en el que no se cumpla con la normativa.
Para cumplir con los nuevos requisitos de facturación electrónica, las empresas deben asegurarse de que sus proveedores de software cumplen con las regulaciones locales e internacionales, especialmente en el marco de la Unión Europea, donde las normativas pueden diferir según el país y la naturaleza de la transacción. Es crucial seleccionar proveedores que garanticen la validez legal de sus soluciones en cada territorio, ya que las leyes evolucionan constantemente y disponer de un software homologado a nivel global puede evitar complicaciones futuras.
El proceso de certificación del software también es un aspecto clave. Aunque muchas empresas proveedoras están impulsando la venta de soluciones, los plazos oficiales para su homologación aún no han sido definidos. Por esta razón, Borrego advierte que las empresas deben ser cautelosas y no dejarse presionar para actualizar o adquirir herramientas antes de que la normativa esté plenamente en vigor. Además, destaca la relevancia de las autofacturas para los proveedores que puedan enfrentar dificultades en la implementación de la nueva normativa. Aunque muchas empresas ya operan con facturación electrónica, se espera la introducción de modificaciones, como nuevos campos para incluir información sectorial específica.
(Cinco Días, 27-02-2025)
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.



