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¿Ya te has solicitado tus días de cortesía o todavía no te has decidido?

Días de cortesía de la Agencia de Tributaria. La clave para pasar unas vacaciones sin sobresaltos

Nos encontramos en plena época estival y, aunque este año es muy diferente en todos los ámbitos debido a la situación provocada por la COVID-19, ya hemos vuelto a la “normalidad” (si se puede llamar así) y como contribuyentes tenemos obligaciones que debemos seguir cumpliendo.

Ahora que podemos hacer algún que otro pequeño desplazamiento, si estás pensando en coger unas vacaciones para desconectar un poco recuerda que, gracias a los llamados días de cortesía, puedes hacer esa pausa sin llevarte un susto por haber recibido una notificación electrónica de la AEAT y no haberla atendido a tiempo.

¿Quién puede solicitarlos y qué requisitos debe cumplir?

Los días de cortesía pueden solicitarlos los contribuyentes dados de alta en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada, de manera obligatoria o voluntaria. En este último caso tienes que realizar la Suscripción a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones electrónicas.

¿Y cuántos días podemos solicitar? Hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia Tributaria no podrá poner notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH).

Para ello, el interesado deberá solicitarlo con un mínimo de 7 días naturales de antelación al comienzo del periodo deseado. En el caso de que la persona que vaya a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía es un tercero, este tiene que estar apoderado en el trámite GENERALNOT y  debe asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado.

Los días de cortesía no tienen por qué ser un número de días concretos, pueden ser consecutivos o en diferentes periodos y también podrán ser modificados, pero en todos los casos deberá solicitarse con la antelación de 7 días.

De esta manera la Agencia Tributaria quedará informada de que durante estos días no puede poner a  disposición del contribuyente notificaciones en la DEH y este podrá disfrutar de las merecidas vacaciones sin estar pendiente del correo electrónico.

¿Cómo se solicitan?

A través del siguiente enlace de la AEAT, la agencia informa sobre cómo podemos solicitar los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas. Tienes que acceder a la “Sede electrónica” de la AEAT, portal “Mis notificaciones”, sección “Suscripciones, solicitudes y otras consultas” y hacer clic en el enlace “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.

Y tú, ¿ya te has solicitado tus días de cortesía o todavía no te has decidido?

Fuente: gestores.net

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