¿Qué debo tener en cuenta en el segudo plazo de la Renta?

Segundo plazo de la Renta, cuestiones a tener en cuenta

Durante la campaña de la Renta, los contribuyentes que han hecho su declaración de IRPF y cuyo resultado ha sido positivo, han podido efectuar el pago de la deuda tributaria en forma de pago único o solicitar el fraccionamiento de la deuda en dos plazos, sin recargo ni intereses.

Es importante recordar que el fraccionamiento solo resulta aplicable si la declaración de la Renta se presenta en plazo, es decir, que no se trate de una declaración complementaria.

Plazos de presentación

Primer plazo

En caso de que se opte por fraccionar el pago de la deuda tributaria hay que tener en cuenta que el primer plazo, que corresponde al 60% de la cantidad resultante en la declaración, debió abonarse durante el periodo establecido para presentar la declaración de la Renta, con la fecha fin el pasado 30 de junio de 2020. ¿Qué pasa con el segundo plazo?, ¿Cuándo se debe pagar?, ¿Está domiciliado?

Segundo plazo

El segundo plazo de la Renta se corresponde con el 40% restante del resultado de la declaración. La fecha límite para hacer efectivo el pago es el próximo 5 de noviembre de 2020. No obstante, debemos tener en cuenta si dicho pago está o no domiciliado, ya que se dan dos circunstancias distintas.

Pago domiciliado

En el caso de haber domiciliado el segundo pago, el próximo día 5 de noviembre de 2020, la entidad colaboradora cargará el importe correspondiente en la cuenta indicada por el contribuyente en la declaración, remitiéndole justificante acreditativo del ingreso realizado. Resultará importante asegurarse de que la cuenta tenga saldo suficiente para efectuar el cargo.

Pago sin domiciliar

En el caso de no haber domiciliado en cuenta el pago del segundo plazo, este podrá pagarse hasta el día 5 de noviembre de 2020 en cualquier entidad bancaria colaboradora con la Agencia Tributaria (AEAT), directamente o por vía electrónica, a través del modelo 102 que podrá obtener mediante descarga a través del portal web de la AEAT, o bien en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria.

Hay que tener en cuenta que la fecha límite para el pago del segundo plazo de renta en las Diputaciones Forales de Navarra, Álava, Vizcaya y Guipúzcoa es diferente:

  • Navarra: hasta el 20 de noviembre de 2020.
  • Álava: hasta el 20 de noviembre de 2020 (cualquiera que sea la modalidad elegida en la declaración de IRPF, un único pago).
  • Vizcaya: hasta el 30 de noviembre de 2020.
  • Guipúzcoa: hasta el 10 de noviembre de 2020.

¡Si necesitas más información no dudes en consultarnos!

o llámanos al 931 73 33 01

Fuente: gestores.net

Summary
¿Qué debo tener en cuenta en el segudo plazo de la Renta?
Article Name
¿Qué debo tener en cuenta en el segudo plazo de la Renta?
Description
¿Qué debo tener en cuenta en el segudo plazo de la Renta?
Author
Publisher Name
GESTORIA ONLINE MATARO
Publisher Logo